Normativa

Cuentas Bancarias

Tipo y Nº Norma
Descripción
Establécese que determinados organismos mantendrán sus disponibilidades de efectivo depositadas en cuentas bancarias habilitadas en el Banco de la Nación Argentina y que, para la apertura de las mismas, deberán solicitar previamente autorización a la Tesorería General de la Nación. Apertura de cuentas recaudadoras. Apertura de cuentas en moneda extranjera. Cuentas de la Tesorería General de la Nación. Registro de cuentas oficiales. Cierre de las cuentas bancarias. Disposiciones generales.
Procedimiento para autorizar la apertura, modificación y cierre de Cuentas Oficiales.
Se aprueba para la Dirección de Administración de Cuentas Bancarias el "Instructivo de Administración de Cuentas Operativas".
Criterio que deberán  seguir los SAF con relación a los fondos que se depositen a favor del Tesoro Nacional.
Adecuación de las cuentas corrientes de acuerdo a la Ley de Ministerios Nº 25.233.
Deja sin efecto la Circular TGN 6/2020 sobre reemplazo del requisito de certificación bancaria de la Nota de Autorización de Acreditación de Pagos del Tesoro Nacional en Cuenta Bancaria. ANEXO IV de la Disposición Conjunta CGN -TGN N° 9 y 36/2015.
Registro de Cuentas Oficiales - Empadronamiento a través de la aplicación SIRECO Web.
NO VIGENTES

 

volver